Esta mañana, a las 10:15 horas, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la minuta de reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución, la cual busca limitar la impugnación de modificaciones a la Carta Magna.
La propuesta fue turnada de inmediato a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y dictamen, y se publicó en la Gaceta Parlamentaria.
La reforma, avalada en la madrugada de hoy por 85 votos a favor y 41 en contra por Morena y sus aliados, establece que no procederán los recursos de juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad ni controversia constitucional contra reformas constitucionales, incluidas aquellas relativas al Poder Judicial.
La modificación al artículo 105 señala explícitamente que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución.”
El artículo 107, por su parte, especifica que no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas constitucionales.
Además, el artículo segundo transitorio indica que los asuntos en trámite deberán resolverse bajo las disposiciones del nuevo decreto.
En caso de ser aprobada por el Congreso, esta reforma dejaría sin efecto el análisis actual de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la reciente reforma judicial.